jueves, 31 de enero de 2013

Clase del 16 de Enero de 2013

El recibo de salarios ( nómina) siempre tiene que ser por escrito, donde figuré nuestros devengos y deducciones, estemos o no de acuerdo con lo percibido, es una garantía de lo percibido por nuestros servicios a la empresa.
Cuando una empresa se declara en quiebra la preferencia la tienen los salarios desatendidos antes que otras deudas.
Si tenemos salarios impagados de hará la denuncia ante las autoridades competentes, estos salarios prescriben al año si no hemos hecho dicha denuncia.

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